¿Existe la custodia compartida para mascotas? ¿Cómo funciona?

¿Existe la custodia compartida para mascotas? ¿Cómo funciona?

Cada vez son más las parejas que en lugar de tener hijos se deciden a compartir su vida con una mascota. El problema viene cuando la relación se acaba y la mascota debe irse con una de las dos personas de la pareja. Por este motivo, en la actualidad existe la custodia compartida de mascotas. A continuación te contamos en qué consiste, cuáles son sus características básicas y cómo funciona este tipo de custodia para mascotas.

La custodia compartida para mascotas: qué es y cómo funciona

Si tiene lugar un divorcio o una separación y la pareja comparte el cuidado y la convivencia con una mascota, suele aparecer el problema de qué parte de la pareja va a quedarse con el animal y a hacerse cargo de éste.

Lo primero que debemos aclarar es que a día de hoy no existe una figura que, de manera legal, haga referencia a la custodia compartida de perros o mascotas. Si bien se propuso una reforma del Código Civil en este aspecto, de momento todavía no ha llegado a concretarse en nuestro país.

De esta forma, si se produce la ruptura de una pareja y es imposible llegar a acuerdos incluso con mediación, un juez será el encargado de decidir quién se queda con la mascota.

De esta manera, si queremos tener que evitar ir a juicio, lo mejor es realizar una mediación con la ex pareja, ya que se trata de una herramienta interesante con la que se puede llegar a acordar la custodia compartida de la mascota, ya que si se llega a juicio cualquier cosa puede pasar. Además, con la herramienta de la mediación, tanto el régimen de custodia como el régimen de visitas lo pueden decidir los propios dueños, con lo que sin duda se trata de una herramienta realmente interesante a tener en cuenta para poder lograr la custodia compartida de una mascota sin que tenga que actuar un juez, que no podrá llegar a comprender el amor que cada una de las partes siente por su perro o animal de compañía.

Además, los expertos en diferentes sectores del ámbito de la Ley de Garanley Abogados, nos han explicado que la definición de las propiedades y de quienes son los dueños legales de determinadas cosas en España vienen determinadas en el Código Civil. Así, en la actualidad es posible afirmar que el dueño legal de un perro o de una mascota será siempre la persona que lo haya adoptado o comprado, y cuyo nombre se encuentre en los documentos de compra o de adopción.

Si estos documentos no existen, el propietario/a legal de la mascota será la persona que haya asumido un mayor número de gastos a nivel de cuidado y de atención de este animal.

En este punto, y a la hora de determinar la custodia compartida para mascotas, es importante valorar que si la pareja no está casada, quién realice la compra o la adopción siempre será el propietario del animal.

Si la pareja se encuentra casada pero la compra se hizo antes del matrimonio, el dueño del perro será la persona que hizo la compra antes del matrimonio.

Del mismo modo, si la pareja se encuentra casada en gananciales, el perro y mascota pertenecerá a las dos personas que conforman la pareja, siempre que la compra se hiciese dentro del matrimonio. Si la pareja está casada con separación de bienes, el perro o mascota será propiedad de quién lo comprase o adoptase.

De esta manera, si bien la "custodia compartida" legalmente en España sólo es aplicable a las personas, y concretamente a los hijos en común de una pareja, este término se utiliza para poder abordar de manera eficiente la cuestión de quién es el dueño de una mascota y llegar a acuerdos favorables para los animales, siendo por tanto una manera interesante de formular este conflicto, pero teniendo en cuenta que no existe realmente esta fórmula en la Ley española.

Del mismo modo, los expertos reseñan también que si existen algunas sentencias judiciales firmes en las que se habla de "posesión exclusiva por períodos temporales", lo cual, traducido a la práctica no es más que la custodia compartida para mascotas.

Asimismo, los expertos recomiendan apostar siempre por la mediación en este tipo de procesos, porque, en caso de ir a juicio, la decisión del juez es imposible de predecir. De hecho, si existen hijos de por medio, lo más probable es que los jueces tengan en cuenta lo beneficioso que puede ser el convivir con las mascotas para los pequeños, dando la custodia de éstas a la persona que se encargue del cuidado de los pequeños o que se quede en el domicilio familiar.

Ahora bien, realmente no existe jurisprudencia firma respecto a la custodia compartida de mascotas y cada juez decidirá lo que le parezca más adecuado, teniendo en cuenta la titularidad de la mascota, la documentación presentada por ambas partes o la capacidad de cuidado de que dispongan cada uno de los miembros de la pareja.

Finalmente, cabe reseñar de nuevo que los expertos evidencian que en este punto la mediación es el mejor procedimiento por el que pueden optar las parejas que van a separarse y quieren conseguir la custodia compartida para mascotas. Es un recurso que permite a las ex parejas llegar a acuerdos en este campo sin tener que pelearse en los tribunales. Del mismo modo, otra de las ventajas interesantes de optar por la mediación es que los períodos necesarios para conseguir llegar a un acuerdo serán mucho más cortos, así como también que el procedimiento para obtener la custodia compartida de la mascota resultará mucho menos costoso a nivel económico.

Apostando por la ayuda de un mediador cualificado, ambos miembros de la pareja conseguirán alcanzar acuerdos de mediación especialmente personalizados en los que se recojan los diferentes deseos y necesidades de ambas personas de la pareja, así como se tendrán también en cuenta todas las necesidades de los animales de compañía cuya custodia se esté tratando en la mediación.

Del mismo modo, los acuerdos de mediación sobre custodias compartidas para mascotas pueden incluir también los diferentes gastos a compartir para el cuidado de la mascota y los cuidados específicos que tendrán que tenerse en cuenta durante el tiempo que el animal esté con cada una de las personas de la pareja.

En conclusión, mediante este procedimiento ambas personas podrán explicar sus necesidades y posibilidades para poder llegar a acuerdos y establecer unos tiempos de posesión exclusiva y de custodia compartida para la mascota.

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